Bases reguladoras y concesión directa de ayudas para trabajadores y trabajadoras afectadas por un ERTE derivado de la crisis sanitaria por el Covid19, aprobadas por Decreto 18/2021, de enero, en el Ple del Consell y publicado en el DOGV del 1 de enero.
La Generalitat Valenciana articula mediante este Decreto, ayudas directas mediante el abono de un complemento mensual tanto a los trabajadores que todavía se encuentren en una situación de ERTE, como a los que puedan verse afectados por los nuevos impedimentos o limitaciones en el desarrollo de la actividad económica normalizada.
Procedimiento de concesión: Estas ayudas se conceden de forma directa
1. Beneficiarios. Personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener condición de trabajadores por cuenta ajena
- Que el código de cuenta de cotización a la Seguridad Social del centro de trabajo donde presten sus servicios corresponda al código de una provincia en la Comunidad Valenciana.
- Que sean perceptores de prestación por desempleo debido a la suspensión temporal del contrato de trabajo, de forma total, como consecuencia de un ERTE por causas derivadas de la Covid19
2. Importe de las ayudas:
- Máximo de 300 euros por persona beneficiaria en el caso de que hayan sido perceptores de prestación por desempleo asociada a ERTE Covid19 en los meses de enero y febrero de 2021.
- Máximo de 150 euros por persona beneficiaria en el caso de que hayan sido perceptores de prestación por desempleo asociada a ERTE Covid19 durante el mes de enero o durante el mes de febrero de 2021.
- Que sean perceptores de prestación por desempleo debido a la suspensión temporal del contrato de trabajo, de forma total, como consecuencia de un ERTE por causas derivadas de la Covid19
3. Forma de pago:
- El pago de las ayudas se librará de una sola vez y se realizará mediante una transferencia a la correspondiente cuenta bancaria de las personas beneficiarias que haya facilitado el SEPE.
Estas ayudas no necesitan realizar ninguna tramitación, el SEPE facilitará a la Generalitat los datos de las personas que reúnan los requisitos.
El plazo para la resolución de la concesión de estas ayudas será de 3 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases reguladoras.
La resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y la relación de las personas beneficiarias en la página web de la Generalitat (gva.es), en el apartado correspondiente a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Estas ayudas serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
Más información en https://www.dogv.gva.es/datos/2021/02/01/pdf/2021_914.pdf